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Tipos de formación: Inicial o continua

Para renovar el Certificado de Aptitud Profesional para conductores profesionales (CAP), los conductores que estén en posesión de los carnets C1, C o C+E que hubieran obtenido su permiso de circulación antes del 11 de septiembre del 2009 no tendrán que realizar el curso de formación inicial de 140 horas, solo la formación teórica de 35 horas.

Sin embargo, los que obtuvieran su permiso de conducir de clase D1, D1+E, D o D+E antes del 11 de septiembre de 2008, tendrán que realizar únicamente la formación continua de 35 horas, quedando exentos de la formación inicial de 140 horas.

Del mismo modo que el caso anterior, para saber en que momento deben renovar su permiso, tendrán que prestar atención al número final de sus DNI:

Fecha de renovación Camiones

Terminado en 1/2 antes del 10 de septiembre de 2017
Terminado en 3/4 antes del 10 de septiembre de 2018
Terminado en 5/6 antes del 10 de septiembre de 2019
Terminado en 7/8 antes del 10 de septiembre de 2020
Terminado en 9/0 antes del 10 de septiembre de 2021

Fecha de renovación Autocares

Terminado en 1/2 antes del 10 de septiembre de 2016
Terminado en 3/4 antes del 10 de septiembre de 2017
Terminado en 5/6 antes del 10 de septiembre de 2018
Terminado en 7/8 antes del 10 de septiembre de 2019
Terminado en 9/0 antes del 10 de septiembre de 2020

¿Qué acredita?

Acredita que el conductor, a cuyo nombre haya sido expedido, posee, como complemento a la formación para la obtención del permiso de conducción (categorías C y D), conocimientos en las siguientes áreas:

  • Conducción racional basada en las normas de seguridad.
  • Aplicación de la reglamentación.
  • Salud, seguridad vial y medioambiental, servicio y logística.
El Certificado de Aptitud Profesional:
  • Se puede obtener sin disponer todavía del permiso de conducción.
  • No tiene plazo de validez predeterminado, pero su vigencia queda subordinada a que el titular realice los cursos de formación continua dentro de los plazos previstos (al menos cada 5 años).
  • Será expedido por los Órganos competentes de las Diputaciones Forales que otorgan las autorizaciones que habilitan para realizar transportes públicos discrecionales de viajeros y mercancías por carretera.

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Quienes no renueven sus permisos se verán obligados a realizar tanto la formación inicial como la formación continua. Una vez realizado el curso, el conductor recibirá un nuevo permiso sellado por el Ministerio de Fomento.